Hace 18 días está vigente en Ecuador la posibilidad para que personas civiles puedan tener y portar armas de fuego para defensa personal. Esta resolución la emitió el presidente Guillermo Lasso, el 1 de abril de 2023.
Para poder tener y portar un arma letal o no letal, las personas deben obtener un permiso emitido por la Dirección de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Estos permisos no son permanentes, tienen un tiempo de caducidad, pero las personas interesadas podrán renovarlos.
Vigencia del permiso de tenencia y porte de armas
Los permisos para porte de armas de fuego letales y no letales para personas naturales tendrán una vigencia de dos años.
Mientras que los permisos para tenencia de armas por parte de personas naturales y empresas, para vigilancia fija y móvil, tendrán una vigencia de cinco años.
Estos detalles constan en el Acuerdo Ministerial emitido, el 14 de abril, por el Ministerio de Defensa y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Este Acuerdo Ministerial sirve para establecer los requisitos obligatorios que las personas deberán cumplir para poder tener o portar un arma de fuego en el país.
En ese documento se detallan 11 requisitos que deben ser cumplidos:
1.- Tener mínimo 25 años de edad
2.- Presentar un oficio dirigido al Director de Control de Armas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que justifique el requerimiento para portar un arma de fuego y que declare que será utilizado para defensa personal.
3.- Factura, contrato de compra-venta o transferencia de dominio del arma
4.- Certificado biométrico emitido por la Policía Nacional.
5.- Informe de evaluación psicológica forense elaborado por un profesional de la salud con título de tercer nivel en el campo de la psicología y de cuarto nivel en el campo de psicología forense, debidamente habilitado para el ejercicio profesional.
6.- Informe de evaluación psiquiátrica, elaborado por un profesional de la salud con título de cuarto nivel en psiquiatría, debidamente habilitado para el ejercicio profesional.
7.- Informe de análisis toxicológico emitido por un establecimiento de salud del Sistema Nacional de Salud, debidamente habilitado para su funcionamiento.
8.- Certificado de no registrar antecedentes penales actualizado hasta ocho días antes de la fecha de solicitud del permiso.
9.- Certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgado por la autoridad competente.
10.- Certificado de destreza en el manejo y uso del arma de fuego emitido por el Ministerio de Defensa Nacional o sus delegados en cada jurisdicción.
11. Pago por concepto de gastos administrativos 15 % de un salario básico.
Para la renovación del permiso se requieren menos requisitos
1.- Factura de pago de un servicio básico del último mes, contrato de arrendamiento registrado ante autoridad competente, impuesto predial del domicilio a nombre del requirente o certificación del propietario del bien que determine que el solicitante se encuentra domiciliado en esa dirección con reconocimiento de firma y rúbrica.
2.- Permiso anterior o denuncia de pérdida del documento.
3.- Certificado de no registrar antecedentes penales actualizado hasta ocho días antes de la fecha de solicitud del permiso.
4.- Certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgado por la autoridad competente.
5.- Certificados psicológicos y toxicológicos actualizados.
6.- Pago por concepto de gastos administrativos 15 % de un salario básico.